Consejo de Atención Integral informó requisitos para el ingreso a la provincia de Formosa por el reinicio del transporte

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Tras el reinicio del transporte terrestre de media y larga distancia desde el 15 de agosto y los vuelos desde el martes 17

En el marco de un nuevo parte informativo del Consejo de Atención Integral de la Emergencia COVID-19 “Dr. Enrique Servián” la subsecretaria de Establecimientos de 1° y 2° nivel, Cristina Mirassou precisó el protocolo sanitario para el ingreso al territorio provincial.

En esta línea señaló que las personas interesadas deberán contar con un PCR o test rápido negativo, de hasta 72 horas previas al ingreso.

Además, deben presentar el formulario de la declaración jurada y el consentimiento informado, que figura en el sitio web https://www.formosa.gob.ar/coronavirus/djingresoprovincia  el cual debe estar impreso por duplicado, quedando uno a la Policía y la otra para el interesado.

“Cumpliendo con estos requisitos las personas podrán abordar el micro o el avión”, precisó la funcionaria.

Para el caso del transporte terrestre, al llegar a la localidad de General Mansilla, el micro se estacionará a 50 metros del puesto sanitario y el equipo de salud ascenderá a la unidad para tomar las muestras de test rápido de control a todos los pasajeros.

Una vez finalizada esta tarea, el colectivo continuará hasta la Terminal de Ómnibus de Formosa, tiempo que se utilizará para procesar los test rápidos, informándoles el resultado a los equipos de la Terminal.

Si se detectara un caso positivo, la persona será apartada y se procederá a realizarle una PCR confirmatoria, quedando el resto de los viajantes como contactos estrechos, permaneciendo en aislamiento domiciliario.

Asimismo indicaron que todos se deberán el control  del quinto y décimo día, en cualquier centro de salud u hospital más cercano al domicilio.

Respecto al transporte aéreo, las personas que arriben al Aeropuerto El Pucú de Formosa, el protocolo es similar, realizándose todos los trámites administrativos: declaración jurada, consentimiento, control sanitario, test rápido y si es necesario, PCR en el mismo aeropuerto.

Una vez acreditada toda la documentación, los pasajeros podrán dirigirse a su domicilio, con el compromiso, de someterse al control del día cinco y diez.

Recuperados de COVID19

Además, para los recuperados de esta enfermedad o quienes tuvieron COVID-19, dentro de los 90 días previos al ingreso, deben acreditarlo con el alta médica o la constancia del Sistema Integrado de Información Sanitaria Argentino (SISA), quedando exceptuados de los tres hisopados de control.

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