La Corte confirmó una condena a cuatro años por explotación de la prostitución ajena

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El imputado administraba un local nocturno en cercanías de Bahía Blanca.

La Corte Suprema dejó firme la condena a cuatro años de prisión para un acusado de “explotación económica de la prostitución ajena” en un local nocturno cercano a Bahía Blanca.

Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti rechazaron la última apelación presentada por la defensa oficial de Juan Carlos Alcaraz, quien regenteaba el local denominado “El Pibe de Oro”, sobre la Ruta Nacional número tres.

Al condenado se le atribuyó la explotación de la prostitución de al menos seis mujeres, algunas de ellas oriundas de Paraguay, República Dominicana e incluso una argentina.

“El recurso extraordinario, cuya denegación motivó esta queja, resulta inadmisible.  Por ello, se desestima la presentación directa”, sostuvo el fallo de la Corte.

La causa se inició a raíz de un allanamiento realizado en  septiembre de 2013 en el que  detectó la presencia de las mujeres y varios clientes.

Entre los elementos de prueba valorados para las condenas de primera y segunda instancia figuraban los avisos laborales para  “casa de cita o cabaret Pibe de Oro” y la oferta de “muy buena remuneración y vivienda incluida”.

El condenado argumentó que las mujeres que trabajaban en su local eran mayores de edad y realizaban voluntariamente sus servicios sexuales.

Pero la condena replicó que “el consentimiento de la víctima carece de cualquier relevancia jurídica”, pues el delito  “queda configurado aun cuando en la explotación económica de la prostitución mediare consentimiento del sujeto pasivo”.

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